Fecha de Publicación: 31/12/2015
Página: 89
Carilla: 89

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 41

   PARTIDAS ESPECIALES. El Banco otorgará partidas a sus funcionarios según las reglamentaciones correspondientes, por concepto de Guardería y Psicoterapia así como por concepto de lentes, en este último caso al funcionario y su núcleo familiar; mediante la presentación de documentación respaldante.
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