Fecha de Publicación: 13/11/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 16

   (Perfeccionamiento del Convenio Marco).- El perfeccionamiento del convenio marco se efectuará con la notificación de la adjudicación a los proveedores, una vez obtenido el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas, en los términos que prevé la normativa vigente.

   Los proveedores adjudicatarios tendrán el derecho a que sus productos se incorporen en la Tienda Virtual una vez que el acto administrativo de adjudicación deviene definitivo o se levantó el efecto suspensivo, según el caso.

                               CAPÍTULO III

            PROCEDIMIENTO DE COMPRA A TRAVÉS DE CONVENIO MARCO
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