(Estudio de mercado).- Los productos que se induyan en un Convenio Marco deberán ser objeto de estudio de mercado previo, a fin de analizar la oferta y demanda del producto, así como la viabilidad, conveniencia económica e impacto en el mercado de la implementación del Convenio Marco.
Corresponde a la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado la definición del formato y características de los estudios de mercado asociados a procedimientos de Convenio Marco.