Fecha de Publicación: 27/08/1993
Página: 251-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 368/993

Créase la Orden «Honor al Mérito Naval Comandante Pedro Campbell».
(1481)

Ministerio de Defensa Nacional 

                                       Montevideo, 17 de agosto de 1993.

   Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Armada por la
cual solicita la creación de la orden «Honor al Mérito Naval Comandante
Pedro Campbell».

   Considerando: la conveniencia de crear una condecoración que distinga
a Militares y Civiles Nacionales o Extranjeros, que hayan prestado o
presten en el futuro relevantes servicios a la Armada Nacional.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría
Letrada del MInisterio de Defensa Nacional

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Créase la Orden «Honor al Mérito Naval Comandante Pedro Campbell»,
cuya condecoración será otorgada a Militares y Civiles Nacionales o 
Extranjeros en virtud de los servicios distinguidos y obras personales 
relevantes que hayan prestado o prestasen a la Armada Nacional.
   La condecoración también podrá otorgarse a Unidades Militares,
Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales o Extranjeras cuya
relevancia los haga dignos del reconocimiento mencionado.

Artículo 2

   La condecoración estará compuesta de las siguientes categorías:
I) GRAN MEDALLA «HONOR AL MERITO NAVAL COMANDANTE PEDRO CAMPBELL»
II) MEDALLA «HONOR AL MERITO NAVAL COMANDANTE PEDRO CAMPBELL»
   Se otorgarán de acuerdo a la siguiente clasificación:
I) GRAN MEDALLA: para
a) Militares: Personal Superior de las Fuerzas Armadas.
b) Civiles: Autoridades Nacionales y Extranjeras.
c) Unidades Militares, Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales o 
Extranjeras.
II) MEDALLA: para:
a) Militares: Personal Superior y Personal Subalterno de las Fuerzas 
Armadas.
b) Autoridades Nacionales, Extranjeras y Personalidades de destaque 
Científico, Cultural, Artístico y Comercial.
c) Unidades Militares, Instituciones Públicas, Privadas, Nacionales o 
Extranjeras.

Artículo 3

   Las características de las medallas que componen la Condecoración
«Honor al Mérito Naval Comandante Pedro Campbell» serán las siguientes:
I) GRAN MEDALLA (Figura A).
a) Anverso: de oro (o metal dorado) formando un sol de ocho rayos, 
laureado, con el escudo de la Armada en su centro con un diámetro 
exterior de 35 milímetros
b) Reverso: Llevará la inscripción en círculo HONOR AL MERITO NAVAL 
COMANDANTE PEDRO CAMPBELL, en la parte inferior REPUBLICA ORIENTAL DEL 
URUGUAY y en la parte superior se grabará el nombre de la persona a quien
se confiera la condecoración. Todo ello sobre fondo liso.
c) Cinta: Tendrá 35 milímetros de ancho y 45 de largo. Será de color 
rojo, a la izquierda, un filete blanco de 2 milímetros, a continuación el
centro de color azul marino, un filete blanco de 2 milímetros, terminado en color rojo.
d) Barra: Será de material rígido de 10 milímetros de altura por 35 
milímetros de ancho, recubierta con la misma cinta de la medalla, cargada
con la miniatura del Escudo de la Armada de oro (o metal dorado).
e) Botón: Escudo de la Armada de 10 milímetros de diámetro sobre una
barra de 15 milímetros por 3 milímetros todos en oro (o metal dorado).
f) Miniatura: De oro (o metal dorado) con las mismas características de 
diseño de la medalla establecida en a) y b) con un diámetro externo de 17
milímetros y cinta de 17 milímetros.
II) MEDALLA (Figura B).
a) y b) las mismas características de diseño que la GRAN MEDALLA, 
realizada en plata (o metal plateado)
c) Cinta: Igual a la GRAN MEDALLA.
d) Barra: Igual a la GRAN MEDALLA cargada con la miniatura del Escudo de
la Armada en plata (o metal plateado).
e) Botón: Igual a la GRAN MEDALLA en plata (o metal plateado).
f) Miniatura: De plata (o metal plateado) con las mismas características 
de diseño de la medalla establecida en a) y b).

Artículo 4

   El otorgamiento de la Condecoración «Honor al Mérito Naval Pedro
Campbell», será dispuesto por el señor Presidente de la República, a
propuesta del señor Comandante en Jefe de la Armada.

Artículo 5

   Apruébanse las láminas A y B adjuntas, con las figuras de la «GRAN
MEDALLA DE HONOR AL MERITO NAVAL COMANDANTE PEDRO CAMPBELL» y «MEDALLA DE
HONOR AL MERITO NAVAL COMANDANTE PEDRO CAMPBELL».

Artículo 6

   Comuníquese, publíquese y archívese.- LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO -

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."


		
		Ayuda