Fecha de Publicación: 30/06/1976
Página: 462-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 22

Materias primas para recuperar.- Las firmas regeneradoras de lubricantes y
grasas lubricantes únicamente podrán utilizar como materia prima exonerada
de impuestos los siguientes productos: Soda Cáustica, Acido Sulfúrico y
Arcillas Activadas.
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