El Grupo de Trabajo deberá adoptar definiciones claras a nivel público, sin perjuicio de una amplia participación de la sociedad civil, en un marco regulador que comprenda:
a) ajustes institucionales que puedan resolver en el mediano plazo, la
efectividad y adecuación de las eventuales capacidades incluyendo
fortalecimiento administrativo, técnico y financiero;
b) eventuales impactos para la salud humana y amenazas al medio
ambiente;
c) relación entre agricultura tradicional, natural, orgánica y la
producción biotecnológica;
d) investigación científica e incorporación tecnológica;
e) fortalecimiento de la investigación a nivel regional;
f) mecanismos de información al consumidor.