Fecha de Publicación: 21/10/1997
Página: 146-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 27/10/1997.

Artículo 4

Comuníquese, etc.- SANGUINETTI - CARLOS GASPARRI - ALVARO RAMOS

                    ESTÁNDAR REGIONAL FITOSANITARIO

                 SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

              3.1 - LINEAMIENTOS PARA EL ANÁLISIS DE RIESGO DE
                                  PLAGAS

                 COMITE REGIONAL DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO
                                  SUR

                                COSAVE

                              AGOSTO, 1994

                               CONTENIDO

REVISIÓN

APROBACION

REGISTRO DE MODIFICACIONES

DISTRIBUCIÓN

INTRODUCCIÓN
        ÁMBITO
        REFERENCIAS
        DEFINICIONES Y ABERVIATURAS
        DESCRIPCIÓN

REQUISITOS GENERALES

1.- FASE I: Inicio del proceso de ARP.
    1.1    ARP Iniciado para una vía de ingreso.
    1.2    ARP Iniciado para una plaga.
    1.3    Revición de ARP previos.
    1.4    Conclusión de la FASE I.

2.- FASE II: Evaluación del riesgo de plaga.
    2.1   Criterios geográficos y reglamentarios.
    2.2   Criterios bioecologicos (plagas cuarentenarias).
    2.2.1 Potencial de establecimiento.
    2.2.2 Potencial de dispercion.
    2.3   Potencial de Introduccion (Plagas cuarentenarias)
    2.4   Criterios económicos.
    2.4.1 Importancia economica potencial (plagas cuarentenarias)
    2.4.2 Importancia econimica (plagas de calidad (nocivas))
    2.5   Conclusión de la FASE II.

3.- FASE III: Manejo del riesgo de plaga.

    3.1.  Opciones de manejo del riesgo de plaga.
    3.2.  Eficacia e impacto de las opciones.
    3.3   Conclusión de la FASE III.

4.- Documentación del proceso de ARP.

REVISION

Este estándar regional fitosanitario de COSAVE está sujeto a revisiones y
modificaciones periódicas.

La fecha de la próxima revisión es: noviembre de 1994.

APROBACIÓN

Este estándar regional fitosanitario fue aprobado en la VII Reunión del
Comité Directivo, agosto de 1994, Brasilia, BRASIL.

COMITE DIRECTIVO DE COSAVE

REGISTRO DE MODIFICACIONES

Las modificaciones a este estándar serán numeradas y fechadas
correlativamente.

Los poseedores del estándar deben asegurarse que todas las modificaciones
seán insertadas y las páginas obsoletas sean removidas.

DISTRIBUCIÓN

Este estándar es  distribuido por la Secretaría de Coodinación del COSAVE
a todos sus miembros, Organizaciones Regionales de Protección
Fitosanitaria, Secretaría de la Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria-FAO, Secretaría del MERCOSUR y COMITE de Sanidad del
MERCOSUR.

        - Intituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal, Argentina.
        - Secretaría de Defensa Agropecuaria, Brasil.
        - Servicio Agrícola y Ganadero, Chile.
        - Dirección de Defensa Vegetal, Paraguay
        - Servicio Agrícola, Uruguay.
        - Secretaría de la Convención Internacional de Pro-
        tección Fitosanitaria -FAO.
        - Asia and Pacific Plant Protaction Comission.
        - Caribbean Plant Protection Comission.
        - European and Mediterranean Plant Protection Organization.
        - Inter-African Phytosanitary Council.
        - Junta del Acuerdo de Cartagena.
        - North American Plant Protection Organization.
        - Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria.
        - Secretaría del MERCOSUR.
        - Comite de Sanidad del MERCOSUR.

I- INTRODUCCIÓN

1.-ÁMBITO

Este estándar describe el proceso de análisis de riesgo de plagas (ARP)
para plagas de los vegetales o productos vegetales, con el objeto de que
las ONPF de la Region puedan establecer reglamentaciones fitosanitarias
armonizadas.

2.- REFERENCIAS

- Glosario FAO de Términos Fitosanitarios, FAO Plant Protection Bulletin
38(1), 1990. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, Roma, ITALIA.

- Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, Organización de
las Naciones Unidas para la Agicultura y la Alimentación, Roma, ITALIA,
1992.

- Principios de Cuarentena Vegetal aplicados al Comerico Internacional,
1993. Programme for Global Harmonization of Plant Quarantine, FAO
Conference Paper C 93/25- Rev. 1 November 1993.

- Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Acta Final de la Ronda
Uruguay del GATT., Abril 1994.

- Acuerdo Sanitario y Fitosanitario MERCORSUR, Agosto 1993.

- Glosario de Términos Fitosanitarios COSAVE, Estándar Nª 2.10, agosto de
1994., Brasilia, BRASIL

- Principios para la reglamentación fitosanitaria de Plagas de Calidad
(Nocivas) en el Comercio Regional, COSAVE, Estándar Nª 2.50, agosto 1994.,
Brasilia, BRASIL.

- Guidelines for Pest Risk Analysis. (Draft Standar) as aprobed by the
CEPM in may 1994, FAO.

3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.

ARP     Abreviatura de Analisis de Riesgo de Plaga.

ARPC    Abreviatura de ARP de plagas cuarentenarias

ARPN    Abreviatura de ARP de plagas de calidad (nocivas)

ANALISIS DE
RIESGODEPLAGA Estimacion del riesgo de plaga y del manejo del
                riesgo de plaga.

AREA:   Un pais, parte de un pais, varios paises o partes de
        varios paises, definidos oficialmente.

AREA DE ARP:    El area para la que se conduce un ARP

AREA PUESTA
EN PELIGRO:     Un area donde los factores ecologicos favorecen
                el establecimiento de una plaga en la cual su presencia 
                puede derivar en perdidas economicas importantes.

AREA LIBRE
DE PLAGA        Un area en la cual una plaga especifica no ocuree
                como lo demuestra la evidencia cietífica y en la cual,
                cuando corresponde,, esta condicion es oficialmente
                mantenida.

AREA PROTEGIDA: Mínima area puesta en peligro en donde aplicaran
                medidas fitosanitarias necesarias para su proteccion.

CIPF            Abreviatura de Convencion Internacional de Proteccion
                Fitosanitaria.

DISPERSION:     Expansion de la distribucion geografica de una plaga
                dentro de un area.

ESTABLECIMIENTO La perpetuacion de una plaga dentro de un area luego
                de su ingreso

EVALUACION DEL RIESGO DE PLAGA
                Determinacion de si una plaga es una plaga cuarentenaria
                y evaluacion de su potencial de introduccion.

INGRESO         (de una plaga)  Entrada de una plaga en un area
                donde no esta todavia presente, o estandolo no se
                encuentra ampliamente distribuida y esta oficialmente
                controlada.

MANEJO DE
RIESGODEPLAGA   El proceso de toma de decision para reducir el riesgo
                de introduccion de una plaga curentenaria.

OFICIAL         Establecido, autorizado o realizado por una Organizacion 
                Nacional de Proteccion Fitosanitaria

ORGANIZACION NACIONAL DE PROTECCION
FITOSANITARIA Servicio oficial establecido por un Gobierno, 
              encargado de las funciones especificadas por la CIPF.

ONPF          Abreviatura de Organizacion Nacional de Proteccion
              Fitosanitaria.

PLAGA         Cualquier especie, taza o biotipo de vegetales, 
              animales o agentes patogenicos, nocivos para 
              vegetales o productos vegetales.

PLAGA
CUARENTENARIA   Una plaga de importancia economica potencial para
                el area puesta en peligro, donde aun no esta
                presente, o si lo esta no se encuentra ampliamente 
                distribuída y es oficialmente controlada.

PLAGA DE CALIDAD
 O NOCIVA:      Plaga no-cuarentenaria que afecta directamente el
                uso propuesto de los vegetales o productos vegetales.

POTENCIAL DE ESTABLECIMIENTO
                Probabilidad de establecimiento de una plaga.

POTENCIAL DE
INGRESO         Probabilidad de ingreso de una plaga

POTENCIAL DE
DISPERSION      Probabilidad de dispersion de una plaga en un 
                futuro pronosticable.

REGLAMENTACION
FITOSANITARIA
                Normas oficiales para prevenir, contener, controlar o 
                erradicar plagas, a traves de la regulacion de la 
                produccion, novimiento, almacenamiento de productos u 
                otros objetos de normalizacion, de la actividad normal de 
                las personas, asi como el establecimiento de esquemas
                para la certificacion fitosanitaria.

USO PROPUESTO:  Destino final del vegetal, o su parte, que puede
                ser la propagación, el consumo, la transformación
                o la industrialización.

4.- DESCRIPCIÓN

  El análisis del riesgo de plaga consiste de tres fases: iniciación del
proceso para el análisis del riesgo, evaluación del riesgo de plaga y
manejo del riesgo de plaga.

  El inicio del proceso involucra la identificación de la plaga o vías de
ingreso, para las que se requiere un ARP. La evaluación del riesgo de
plaga determina cuando una plaga identificada como tal, o asociada a una
vía de ingreso, es una plaga cuarentenaria, caracterizada en términos de
probabilidad de ingreso, establecimiento, dispersión e importacia
económica; o se trata de una plaga de calidad o nociva (caracterizada en
términos de su importancia económica) o si se trata de una plaga no
pasible de reglamentacion fitosanitaria. El manejo del riesgo de plaga
involucra desarrollar, evaluar, comparar y seleccionar opciones para
reducir el riesgo.

  El ARP solo tiene sentido en relación con "una área de ARP" considerada de riesgo. Esta es usualmente un país, pero también puede ser un área dentro de un país o un área que abarque todo o partes de varios países.

II.- REQUISITOS GENERAL

1.- FASE 1: Inicio del proceso de ARP.

Generalmente hay 2 causales para la iniciación para un ARP (Fig. 1).

- la identificación de una vía de ingreso, usualmente un producto
importado, que puede posibilitar la introdución y/o dispersion de plagas
cuarentenarias;

- la identificación de una plaga que puede calificar como plaga
cuarentenaria o una plaga de calidad (nociva).

1.1- ARP iniciado para una vía de ingreso.

Un requerimiento para un ARP nuevo o revisado para una vía de ingreso, se
producirá más frecuentemente en las siguientes situaciones:

- Iniciacion del comercio internacional de un nuevo producto (usualmente
un vegetal o producto vegetal) o de un producto de un nuevo origen. El ARP
puede ser provocado por una solicitud de importación o por la aparición en
el mercado de embarques del producto. La vía de ingreso puede referirse a
una o varias áreas de origen;

- Importacion de nuevas especies vegetales con propósitos fitotécnicos o
de investigación científica;

- identificacion de otra vía de ingreso, además del producto (dispersión
natural, correo, basura, equipaje de los pasajeros, etc.);

- adoptcion de una decisión política para establecer o revisar las
reglamentaciones fitosanitarias o los requisitos aplicados a productos
específicos;

- disponibilidad de un nuevo tratamiento, sistema o proceso, o nueva
información que incide sobre una decisión anterior;

Las plagas que probablemente sigan la vía de ingreso (por ej. sean
transportadas por el producto) son entonces listadas cada una de ellas
sometidas a la FASE II, en el proceso de ARP (*).

Si no se identifican plagas potencialmente cuarentenaria o de calidad
(nocivas), entonces el ARP se detiene en este punto.

1.2 ARP iniciado para una plaga.

Un requerimiento para un ARP nuevo o revisado de una plaga, aparecerá mas
frecuentemente en las siguientes situaciones:

- aparicion de una emergencia por el descubrimiento de una infestación
establecida o de un foco de una nueva plaga dentro de un área de ARP;

- aparicion de una emergencia por la intercepción de una nueva plaga en un
producto importado;

- identificacion, a través de la investigación cietífica de un nuevo
riesgo de plaga.

- introduccion de una plaga en una nueva área diferente del área del ARP;

- comunicacion de que una plaga es mas dañina en otra área distinta del
ARP, que en su área de origen;

- la auditoría revela que una plaga específica es repetidamente
interceptada;

- solicitud para importar como tal un organismo, por ej. por
investigadores, docentes, usuarios de control biológico, coleccionistas,
comerciantes (propietarios de negocios de mascotas), industria
alimentaria, caracoles para consumo, etc.;

- adopcion de una decision política de revision de las reglamentaciones
fitosanitarias o los requisitos relativos a plagas específicas;

- proporción por otro país o por una Organización Internacional de
Proteccion Fitosanitaria, (ORPF, FAO);

- disponibilidad de un nuevo tratamiento, sistema o proceso, o nueva
información que incide sobre una decisión anterior;

La plaga específica identificada es entonces sometida a la FASE II del
proceso de ARP.

Si no se identifican plagas potencialmente curentenarias o de calidad
(nocivas), entonces el ARP se detiene en este punto.


* La lista de plagas puede ser generada por cualquier combinación de banco
de datos, fuentes bibliográficas o consulta de expertos. Una vez que las
listas de plagas han sido establecidas es aconsejable priorizarlas
mediante el juicio de expertos, antes de proseguir a elaborar los
resultados necesarios para conducir la evaluación de riesgo de todas las
plagas de la lista.

1.3. Revisión de ARPs anteriores.

Antes de proceder con un nuevo ARP, deberá comprobarse si la vía de
ingreso o la plaga han sido ya sometidas al proceso de ARP, tanto a nivel
nacional como internacional. Si existe un ARP anterior, su validez deberá
ser comprobada dado que las cirunstancias pueden haber cambiado. La
posibilidad de usar un ARP de una vía de ingreso o plaga similares, que
pueda reemplazar parcial o totalmente la necesidad de realizar un nuevo
ARP deberá ser también considerada.

1.4. Conclusión de la FASE I.

Al término de la FASE I, las plagas deben ser identificadas como
potencialmente cuarentenarias o de calidad (nociva), individualmente o en
asociación con una vía de ingreso.

2.- FASE II: Evaluación del riesgo de plaga.

En la FASE I se ha identificado una plaga o una lista de plagas ( en el
caso de iniciación por una vía de ingreso), para ser objeto de la
evaluación del riesgo. En la FASE II se consideran estas plagas
individualmente (Fig. 2). En ella se examina, para cada una, si se cumplen
los criterios para el status de plaga cuarentenaria o de calidad (nociva):


        a.- Plagas cuarentenarias

              "una plaga de importancia económica potencial para el área
              en peligro por y en donde aún no se encuentra presente, o
              si lo está, no se encuentra ampliamente distribuida y está
              siendo oficialmente controlada".

        En este contexto "area" deberá ser entendida como:

        "un país, parte de un país o todas o partes de varios países
oficialmente definidos" y "área en peligro" debe entenderse como: "una
área donde los factores ecológicos favorecen el establecimiento de una
plaga cuya presencia en el área dará como resultado importantes pérdidas
económicas".

        b.- Plagas de calidad (nociva)

            "plaga de calidad o nociva es una plaga no carentenaria que
            afecta directamente el uso propuesto de los vegetales o
            partes de ellos, causando importantes pérdidas económicas".
            en este sentido el "uso propuesto" debe entenderse como la
            propagación, el consumo, la trasnformación o la
            industrialización, y las perdidas economicas deberan ser
            cuantificables y verificables.

  A esto efectos, el ARP considera todos los aspectos de cada plaga y en
particular la información actualizada sobre su distribución geográfica,
biología e importancia económica. El juicio experto es entonces utilizado
para evaluar el potencial de establecimiento, dispersión e importancia
económica potencial en el área del ARP. Finalmente, es caracterizado el
potencial de introducción dentro del área del ARP.

  En la caracterización del riesgo, la cantidad de información disponible
variará con cada plaga y la sofisticación de la evaluación variará con las
herramientas disponibles. Por ejemplo, un país puede disponer de
elaborados bancos de datos sobre plagas y sistemas de información
geográfica; otro puede depender de libros, mapas impresos de suelo y
clima. En algunos casos virtualemte no existirá información disponible o
se hara necesaria la investigación para obtenerla las evaluaciones estarán
limitadas por la cantidad de información disponible sobre la biología de
una plaga específica.

2.1. Criterios geográficos y reglamentarios.

Para cada plaga sometida al proceso de ARP, deben ser considerados los
criterios geográficos y reglamentarios incluidos en las definiciones de
plagas cuarentenarias y plagas de calidad o nocivas:

        - si la plaga está presente en el área del ARP y ha alcanzado los
        límites de su rango ecológico (i.e. está ampliamente distribuida),
        entonces la plaga no satisface la definición de una plaga
        cuarentenaria y en consecuencia el ARPC se detiene en este punto;

        - si la plaga está presente en el área del ARP y no ha alcanzado
        los límites de su rango ecológico (i.e. no está ampliamente
        distribuida) y esta siendo sometida a control oficial en el área
        del ARP, entonces la plaga satisface este aspecto de la
        definición de una plaga cuarentenaria y el ARPC debe continuar;

        - Si la plaga no está ampliamente distribuida y tampoco sujeta a
        control oficial, entonces la plaga no satisface la definición de
        plaga cuarentenaria y el ARPC se detiene en este punto;

        - Si la plaga está ausente del área del ARP, entonces satisface
        este aspecto de la definición de plaga cuarentenaria y el ARPC
        debe continuar;

        - si la plaga es no cuarentenaria y afecta el uso propuesto del
        vegetal o producto vegetal, entonces el ARPN puede continuar;

        - si la plaga es no cuarentenaria pero no afecta el uso propuesto
        del vegetal o producto vegetal, entonces el ARP se detiene.

2.2. Criterios bioecológicos. (plagas cuarentenaria)

Debe caracterizarse el riesgo de que una plaga una vez ingresada pueda
establecerse y diseminarse en una área.

2.2.1 Potencial de establecimiento.

A los efectos de evaluar el potencial de establecimiento de una plaga,
debe obtenerse información biológica confiable (ciclo de vida, rango de
huéspedes, epidemiología, sobrevivencia, etc), de áreas donde la plaga
está presente.

La situación en el área del ARP puede entonces ser cuidadosamente
comparada con las de las áreas donde la plaga ocurre y el juicio experto
puede ser utilizado para evaluar el potencial de establecimiento.

Puede ser util considerar historicos casos relativos a plagas comparables.
Ejemplos de factores a considerar son:

        - disponibilidad, cantidad y distribución de hospederos en el área
          de ARP;
        - ambiente adecuado en el área de ARP;
        - potencial de adaptación de la plaga;
        - estrategia reproductiva de la plaga;
        - forma de sobrevivencia de la plaga.

Si la plaga no tiene potencial de establecimiento en el área del ARP,
entonces no satisface la definición de plaga cuarentenaria y el ARPC se
detiene en este punto.

2.2.2. Potencial de dispersión despúes del establecimiento.

A los efectos de evaluar el potencial de dispersión de la plaga, debe
obtenerse información biológica confiable de las áreas donde la plaga
ocurre normalmente. La situación en el área del ARP puede entonces ser
cuidadosamente comparada con la de las áreas donde la plaga ocurre
normalmente y el juicio experto puede ser usado para evaluar el potencial
de dispersión. Puede ser util considerar historicos casos relativos a
plagas comparables. Ejemplos de los factores a considerar son:

        - ambiente natural y/o manejado adecuados, para la dispersión
        natural de la plaga;
        - traslado con productos o embarque;
        - vectores potenciales de la plaga en el área del ARP;
        - enemigos naturales potenciales de la plaga en el área del ARP.

La información sobre potencial de dispersión es usada para evaluar cuan
rápidamente el potencial de importancia económica de la plaga podrá ser
expresado en el área del ARP. Esto también tiene importancia si la plaga
es capaz de ingresar y establecerse en una área de baja importancia
económica potencial y luego dispersarse a otra de alta importancia
económica potencial. Adicionalmente también puede ser importante en la
FASE III de manejo de riesgo (Fig. 3) cuando se considera la facilidad con
la que una plaga introducida podría ser restringida o erradicada.

2.2.3. Potencial de Introducción.

La etapa final de evaluación para plagas cuarentenarias, concierne al
potencial de introducción, el que depende de las vías de ingreso desde el
país exportador hacia el de destino y de la frecuencia y cantidad de las
plagas asociadas con las mismas. Deben indentificarse las vías de ingreso
documentadas para el ingreso de la plaga en nuevas áreas. Si se conocen
vías de ingreso potenciales que no existan actualmente, ellas deben ser
evaluadas.

La siguiente es una lista parcial de factores que pueden ser usados para
estimar el potencial de introducción. La misma está dividida en aquellos
factores que pueden influenciar la probabilidad de ingreso y aquellos que
pueden influenciar la probabilidad de establecimiento:

Ingreso

- oportunidad de contaminación de productos o embarques por la plaga;
- sobrevivencia de la plaga bajo las condiciones ambientales de
transporte;
- facilidad o dificultad para detectar la plaga en la inspección al
ingreso;
- frecuencia y cantidad de movimientos de la plaga hacia el área del ARP
por medios naturales;
- frecuencia y número de personas que ingresan desde otro país en
cualquier punto de entrada dado;

Establecimiento

- número, frecuencia y epoca de los embarques del producto;
- número de especímenes de una plaga dada, asociados con los medios de
transporte;
- uso propuesto del producto;
- condiciones ambientales y diponibilidad de hospederos en el destino y
durante el transito y\o transporte a través del área del ARP;

2.3. Criterios Economicos

2.3.1 Importancia económica potencial (Plagas cuarentenarias)

El paso siguiente en el proceso de ARP es determinar si la plaga
potencialmente cuarentenaria es de importancia económica potencial en el
área del ARP.

A los efectos de evaluar la importancia económica potencial de la plaga,
debe obtenerse información confiable de la áreas donde la plaga
normalmente ocurre. Para cada una de estas áreas deberá identificarse si
la plaga causa daños imporotantes, menores o ninguno. Debe definirse si la
plaga causa daños frecuentes u ocasionales. Relacionar esto, si es
posible, con efectos bióticos y abióticos, especialmente el clima.

La situación en el área del ARP puede ser entonces cuidadosamente
comparada con la de las áreas donde la plaga ocurre normalmente. Puede ser
util considerar historias de casos relativos a plagas comparables. El
juicio experto entonces, puede ser utilizadoo para evaluar la importancia
económica potencial. Ejemplos de los factores a considerar son:

        - tipo de daño;
        - pérdidas de cultivos;
        - pérdidas de mercados de exportación;
        - incrementos de los costos de control;
        - impacto sobre los programas integrados en ejecución;
        - daños ambientales;
        - capacidad de actuar como vector para otras plagas;
        - costos sociales percibidos tales como desempleo.

Si la plaga no tiene importancia económica potencial, entonces no
satisface la definición de plaga cuarentenaria y el ARPC se detiene en
este punto.

2.3.2 Importancia Economica (Plagas de calidad (nocivas)

Si no se cuenta con informacion economica cuantificable y verificable que
demuestre una importancia significativa de la plaga de calidad (nociva) el
ARPN se detiene en este punto.

2.4 Conclusión de la FASE II

Si la plaga satisface la definción de plaga cuarentenaria o de plaga de
calidad o nociva, continua el proceso de ARP.

En el ARPC, el juicio experto debe ser usado para revisar la información
recabada durante la FASE II para decidir si la plaga tiene la suficiente
importancia económica potencial y potencial de introducción (e.i.
suficiente riesgo), para que se justifique la adopción de medidas
fitosanitarias. Si esto es así, puede continuarse a la Fase III, en caso
contrario el ARP se detiene en este punto.

3.FASE III: Manejo de riesgo de plaga.

El manejo de riesgo de plaga (Fig. 3) para proteger una área en peligro,
debe ser proporcional al riesgo identificado en la evaluación del riesgo
de plaga. Las medidas fitosanitarias que se hayan identificado como
necesarias, serán aplicadas solamente al área protegida. En la mayoría de
los casos el manejo de riesgo de plaga podrá basarse en la información ya
generada en la evaluación del riesgo de plagas.

3.1. Opciones de Manejo del  Riesgo

Debe generarse una lista de opciones para reducir los riesgos a un nivel
aceptable. Estas opciones se referirán básicamente a las vías de ingreso y
en particular a las condiciones para permitir el ingreso de los productos.
Ejemplos de las opciones a considerar son:

- inclusión en la lista de plagas prohibidas;
- inspección fitosanitaria y certificación previo a la exportación;
- definición de los requisitos a ser satisfechos antes de la exportación
(por ej. tratamiento, origen de área libre de plaga, inspección durante la
epoca de crecimiento, esquema de certificación);
- inspección al ingreso;
- tratamiento en el punto de ingreso, estación de inspección o, si es
apropiado, en el lugar de destino;
- Cuarentena de Post-entrada;
- medidas de post-ingreso (restricciones sobre el uso del producto,
medidas de control);
- prohibición de ingreso de productos específicos desde orígenes
específicos;

No obstante, estas opciones también pueden referirse a formas de reducir
el riesgo de daño, por ej., introducción de un agente de control biológico
o facilidad de erradicación o contención.

Para el caso de plagas de calidad (nocivas), las opciones de requisitos
fitosanitarios deberan contemplar en forma particular lo establecido en el
Estandar 2.2 "Principios para la reglamentación fitosanitaria de las
plagas de calidad (nocivas) en el comercio regional"

3.2. Eficacia e impacto de las opciones

La eficacia y el impacto de las disntitas opciones para reducir el riesgo
a un nivel aceptable, deberá ser evaluada, en relación a los siguientes
factores:

- efectividad biológica;
- relación costo-beneficio de la aplicación;
- incidencia sobre las reglamentaciones existentes;
- impacto ambiental;
- impacto comercial;
- impacto social;
- tiempo para el establecimiento de una nueva reglamentación;
- eficacia de la opción contra otras plagas cuarentenarias;

Los aspectos positivos y negativos de las opciones sobre el manejo de
riesgo deberán ser especificados. Particular atención debe prestarse al
principio de "mínimo impacto": "las medidas fitosanitarias deberán ser
consistentes con el riesgo de plagas involucrado y deberán representar las
medidas menos restrictivas disponibles que resulten en el mínimo
impedimento al movimiento internacional de las personas, productos y
embarques". El artículo VII. 2, de la CIPF establece previsiones similares
pero menos amplias. Las medidas fitosanitarias recomendadas deberán estar
basadas en todos los factores anteriormente mencionados. Igual criterio
sera de aplicacion al caso de plagas de calidad (nocivas) con relacion a
los Principios para la reglamentacion fitosanitaria de plagas de calidad
(nocivas) en el comercio regional"

A los efectos de determinar que opciones son apropiadas puede ser
aconsejable comunicarse con el interesado y los grupos afectados dentro y
fuera del área del ARP.

3.3. Conclusión de la FASE III

Al final de la FASE III, las medidas fitosanitarias apropiadas en relación
a la plaga o a la vía de ingreso han sido decididas. La finalización de
esta FASE es esencial y en particular no se justifica completar solamente
las FASES I y II adoptando medidas fitosanitarias sin una evaluación
apropiada de las opciones de manejo del riesgo. Después de establecer las
medidas fitosanitarias, su efectividad debe ser monitoreada y las opciones
de manejo del riesgo deberán ser revisadas, si ello es necesario.

4.- Documentación del proceso ARP

Un ARP deberá estar suficientemente documentado de manera que, cuando se
revise o surja una controversia, el ARP debera establecer claramente las
fuentes de información y el razonamiento utilizado para alcanzar una
decisión de manejo en relación a las medidas fitosanitarias.
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