Fecha de Publicación: 29/12/2014
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 27

   (Exámenes). La convocatoria e integración de Mesas Examinadoras y sondeo al inicio de cada curso sobre conocimientos previos del alumnado deberá contar con autorización previa del Ministerio de Educación y Cultura como responsable de la supervisión y control, el que podrá enviar sus delegados a las instancias que estime conveniente.
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