Fecha de Publicación: 30/12/2014
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                             Decreto 371/014

Determínase una equiparación en la remuneración de los integrantes del Coro y de los Técnicos de Teatro con las del último grado de la Orquesta Sinfónica.
(2.090*R)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 16 de Diciembre de 2014

   VISTO: Lo dispuesto en el artículo 258 de la Ley N° 16.226 de fecha 29 de octubre de 1991 en la interpretación dada por el artículo 297 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992, declarado en vigor por el artículo 258 de la Ley N° 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005 y el artículo 231 de la Ley 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013.
        
   RESULTANDO: I) Que las referidas normas cometen al Ministerio de Educación y Cultura la instrumentación de una equiparación en la remuneración de los integrantes del Coro y de los Técnicos de Teatro con las del último grado de la Orquesta Sinfónica, escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".

   II) Que el artículo 297 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992 interpretativo del artículo 258 de la Ley 16.226 de fecha 29 de octubre de 1991 establece que la equiparación de los Técnicos de Teatro operará en orden ascendente.

   III) Que en la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos" el escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría se encuentra en régimen de dedicación total, no así los integrantes del Coro y los Técnicos de Teatro.

   IV) Que con fecha 22 de setiembre de 2014 el Ministerio de Educación y Cultura y AFUSODRE llegaron a un acuerdo sobre la forma y los criterios de equiparación de modo de viabilizar lo dispuesto en el Visto.

   CONSIDERANDO: I) Que corresponde instrumentar la equiparación de la remuneración de los integrantes del Coro y Técnicos de Teatro de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" con las remuneraciones de los funcionaros del último grado de la Orquesta Sinfónica, escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría de la misma Unidad Ejecutora, en función de lo dispuesto en el Resultando IV).

   II) Que se considera imprescindible proporcionar la remuneración y las condiciones de trabajo que tiene cada categoría.

   III) Que no se debe incluir en la retribución de los cargos a equiparar que se reglamenta en el presente decreto, las partidas denominadas "Conservación de Instrumentos" y "Perfeccionamiento Técnico" creadas por los artículos 245 y 246 de la Ley N° 19.149 de fecha 11 de noviembre de 2013.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 N° 4 de la Constitución de la República, en el artículo 258 de la Ley N° 16.226 de fecha 29 de octubre de 1991 en la interpretación dada por el artículo 297 de la Ley N° 16.320 de fecha 1° de noviembre de 1992, declarado en vigor por el artículo 258 de la Ley N° 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005 y en los artículos 231, 245 y 246 de la Ley 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013.
        
                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   ESTABLÉCESE que la equiparación de la remuneración de los integrantes del Coro con la retribución del cargo del último grado de la Orquesta Sinfónica del "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" Unidad Ejecutora 016, Escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría, se realiza considerando la carga horaria de 30 horas semanales de los cargos equiparados, y se aplica a los funcionarios presentes en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.

Artículo 2

   ESTABLÉCESE que la equiparación de la remuneración de los Técnicos de Teatro con la retribución del cargo del último grado de la Orquesta Sinfónica del "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" Unidad Ejecutora 016 Escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría, será en forma ascendente considerando la carga horaria de 40 horas semanales de los cargos equiparados, para aquellos funcionarios presentes en el Anexo I que forma parte del presente Decreto, de acuerdo al siguiente criterio:
   Escalafones D y E.

   - Grado 1 y 2 de Técnicos de Teatro se equiparan al ultimo atril de la Orquesta Sinfónica, Escalafón D, Grado 9 Violín 7ma categoría de la Orquesta Sinfónica.

   - Grado 3 y 4 de Técnicos de Teatro se equiparan al Grado 10 del Escalafón D, Violín Sexta Categoría, de la Orquesta Sinfónica.

   - Grado 5 y 6 de Técnicos de Teatro se equiparan al Grado 11 del Escalafón D, Violín Quinta Categoría, de la Orquesta Sinfónica.

   - Grado 7 y 8 de Técnicos de Teatro se equiparan al Grado 12 del Escalafón D, Violín Tercera, de la Orquesta Sinfónica.

   - Grado 9 y 10 de Técnicos de Teatro se equiparan al Grado 13 de Escalafón D, Violín Primera Categoría de la Orquesta Sinfónica.

Artículo 3

   PARA determinar la remuneración a equiparar se tomarán las retribuciones de los cargos correspondientes de la Orquesta Sinfónica de la Unidad Ejecutora 016, vigentes al 1° de enero de 2013, considerando los niveles y cargas horarias establecidas en los artículos 1 y 2 del presente Decreto, incluyéndose en su cálculo las siguientes compensaciones: compensación con cargo al objeto de gasto 042-400, compensación especial (artículo 288 de la Ley N° 17.296 del 21 de febrero de 2011) con cargo al objeto de gasto 042-520, "recuperación salarial" con cargo al objeto de gasto 048-032 (calculada para el sueldo básico correspondiente a cada cargo), y no se incluirán en las retribuciones de los cargos a equiparar las partidas denominadas "Conservación de Instrumentos" y "Perfeccionamiento Técnico" creadas por los artículos 245 y 246 de la Ley N° 19.149 de fecha 11 de noviembre de 2013. Los montos a alcanzar para los ejercicios 2013 y 2014 se encuentran en el Anexo II, que forma parte del presente Decreto.

Artículo 4

   Cuando se efectúe el quantum de la retribución a percibir por concepto de equiparación en la remuneración de los integrantes del Coro y de los Técnicos de Teatro con las del último grado de la Orquesta Sinfónica, escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", se comparará la diferencia entre la remuneración de los cargos de la Orquesta Sinfónica determinada según el artículo precedente, y la remuneración de cada uno de los funcionaros a equiparar, sin tomar en cuenta para aquellos que la perciban, las partidas denominadas "Conservación de Instrumentos" y "Perfeccionamiento Técnico" creadas por los artículos 245 y 246 de la Ley N° 19.149 de fecha 11 de noviembre de 2013.

Artículo 5

   LA presente equiparación regirá a partir del 1° de enero de 2013.

Artículo 6

   LA Contaduría General de la Nación realizará las adecuaciones de los créditos correspondientes a los efectos de atender las eventuales erogaciones resultantes de la presente reglamentación.

Artículo 7

   COMUNÍQUESE, publíquese etc.
2014-11-0001-0272
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; RICARDO EHRLICH; MARIO BERGARA.


                                 ANEXO I

                            TÉCNICOS DE TEATRO

NOMBRE
CI
ESC.
GRADO
CARGA HORARIA
CARBALLO BERRUETA ALICIA NOEMI
13453313
D
5
40 HORAS
FERREIRA GOMEZ WALTER
12649088
D
3
40 HORAS
GERES AGUILAR JORGE
15696078
E
5
40 HORAS
SEMIGLIA BOURDILLON MARCELO EDUARDO
13768328
D
4
40 HORAS
FUKSBRAUNER MILGRAM ALEJANDRO
29808611
D
2
40 HORAS
PAREJA MAGUNA JORGE DANIEL
35340063
D
2
40 HORAS
CAPOZZOLI GONZALEZ ALEJANDRA
15839656
D
1
40 HORAS
MEDERO SILVA JORGE DIONEL
13349011
E
4
40 HORAS
PARDO ALVAREZ FELISA JOSEFA
14215617
E
3
40 HORAS
SANTANA DEFELIPPO DANIEL LORENS
14324088
E
4
40 HORAS
ALEMAN SENA PEDRO ENRIQUE
20012201
D
1
-40 HORAS
ANTUNEZ PINTOS ALDO DANIEL
42515580
D
1
40 HORAS
ANTUNEZ PINTOS CARLOS EDUARDO
42516421
D
1
40 HORAS
AZAROLA PAEZ MARIA JOSE
34977629
D
1
40 HORAS
BRITOS RODRIGUEZ LEO RUBEN
12931675
D
6
40 HORAS
CABRERA GONZALEZ JORGE ALERCHI
17793713
D
2
40 HORAS
CALERO SILVEIRA LIDIA LILIAN
18415126
E
2
40 HORAS
CASTILLO RODRIGUEZ ANA
16864797
D
3
40 HORAS
CASTILLO RODRIGUEZ FERMIN ANGELINO
13668150
E
7
40 HORAS
DA CUNHA MANCUSO BATLLE HOLMER
14683395
D
8
40 HORAS
GUADALUPE SACCONE OSCAR MARIO
12739203
D
1
40 HORAS
HUALDE BARBACHAN WASHINGTON WALTER
15395915
D
3
40 HORAS
LARA GONZALEZ PATRICIA
42879922
E
1
40 HORAS
LEMOS SEPE JULIA MABEL
14274796
E
4
40 HORAS
LOPEZ DELGADO JOSE PEDRO
18375116
E
4
40 HORAS
NIEVES TEMES JOSE MARIA
18979249
E
4
40 HORAS
NOGUERA LEIVA FELIX ANTONIO
9094416
D
1
40 HORAS
NOVOA VARELA MANUEL HECTOR
16600664
D
3
40 HORAS
PAREA PEREYRA OSCAR FRANCISCO
16787232
D
5
40 HORAS
PEREZ MONTES ALICIA GRACIELA
11807752
E
1
40 HORAS
PEREZ TARRAGONA ROGELIO
12184187
E
5
40 HORAS
PINALES DEFELIPPO RUBINSON RENATO
11782817
D
1
40 HORAS
POLVARINI PEREZ JAVIER CARLOS
14998996
D
1
40 HORAS
RODRIGUEZ REYES TERESITA
12858439
E
2
40 HORAS
SILVA GUAYQUIVIL MAXIMO BELTRAN
13763566
D
2
40 HORAS
SILVERA DE LEON SHEILA INES
42085882
E
1
40 HORAS
UMPIERREZ PARADISSI MARIO
12082212
E
4
40 HORAS
ZEBALLOS BARRETO RITA ELIZABETH
38737586
E
1
40 HORAS
BRANCATTI CONDE WALTER ANTONIO
15835707
E
3
40 HORAS
ZERBONI FERNANDEZ JULIO CESAR
15338721
D
1
40 HORAS
ARRIAGA DA SILVA GABRIELA LOURDES
18860840
D
1
40 HORAS
DI PIRAMO ZITO GIUGLIA
12562482
D
5
40 HORAS
CASTRO BOGGIO MERCEDES
26449296
D
1
40 HORAS
COREUTAS
NOMBRE
CI
ESC.
GRADO
CARGA HORARIA
AÑON MOLINS EDUARDO GABRIEL
12645888
D
7
30 HORAS
APOTHELOZ GNOCHI LUIS GASPAR
12866224
D
7
30 HORAS
BAFFA PUIG RINA JOSEFA
14369422
D
9
30 HORAS
BALBELA FENUCHIETTO GUSTAVO OSIRIS
34883226
D
7
30 HORAS
BALBI MACIEL JULIO CESAR
14306347
D
7
30 HORAS
BARANZANO FERNANDEZ LAURA VELIA
13927887
D
7
30 HORAS
BARRIOS DE PENA ROXANA ELISA
18025604
D
7
30 HORAS
BERARDI MACHADO FLAVIA SABRINA
30835457
D
7
30 HORAS
BERRONDO GIL VIRGINIA BEATRIZ
42749040
D
9
30 HORAS
BOTTO DE FERRARI CARINA ZULMA
12111269
D
7
30 HORAS
BOYADJIAN STEPANIAN HAGOP RUBEN
13879678
D
7
30 HORAS
CARDONE GUANCO LILIAN BEATRIZ
13201510
D
7
30 HORAS
CASANOVA CIS EDUARDO AUGUSTO
39403611
D
7
30 HORAS
CASTELLAZZI GOMEZ GLADYS BEATRIZ
10131558
D
9
30 HORAS
CASTRO GONZALEZ ADRIANA GABRIELA
19119939
D
7
30 HORAS
CLAVIJO GARCIA JULIO CESAR
18605315
D
7
30 HORAS
CUESTA FUENTES MONICA CECILIA
15792610
D
7
30 HORAS
DIAZ LOPEZ JESSICA VANNESA
44653390
D
7
30 HORAS
DUARTE IBARRA ALFREDO WILSON
17992901
D
7
30 HORAS
FERNANDEZ RODRIGUEZ ALBERTO DARIO
19550416
D
7
30 HORAS
FERRER AGUIAR SUSANA MARIA
13185057
D
7
30 HORAS
FIGARES VILA NORMA BEATRIZ
9721859
D
7
30 HORAS
FLEITAS AMIR EDUARDO JULIO
14933932
D
9
30 HORAS
FORT REY EDUARDO MIGUEL
17441758
D
7
30 HORAS
GARCIA MAUTONE ELIZABETH
17389835
D
7
30 HORAS
GIRO MAQUIOLI CARLOS ANTONIO
13456688
D
7
30 HORAS
HOLM DE VEGA STEPHANIE
25598981
D
7
30 HORAS
JONES SCHAEFER MARION
17472955
D
7
30 HORAS
MARICHAL BAILLO RITA ALLISON
18503763
D
7
30 HORAS
MEDINA ROMERO ABEL SILVIO
9744437
D
7
30 HORAS
MORALES TELLECHEA DANIEL IFRAIN
18511354
D
7
30 HORAS
MURIAS URRETA MARIELA NOEMI RITA
17829382
D
7
30 HORAS
OTEGUI DE LIMA VALVERDE MARCELO JOSE
35218058
D
7
30 HORAS
PEREZ TESTA JAVIER ALEJANDRO
29525976
D
7
30 HORAS
PERLAS CESAR JESUS MANUEL
34865234
D
7
30 HORAS
RECAYTE PUGLIA ERNESTO RODOLFO
15149467
D
9
30 HORAS
REGGIO ESPINOSA WILSON DIEGO
19430402
D
7
30 HORAS
RIOS NOHORA NOVOA NATALIA
31806760
D
7
30 HORAS
SALABERRY FERNANDEZ GRACIELA AURORA
20184923
D
7
30 HORAS
SALDIAS TEIJON SILVANA ELIZABETH
41306241
D
7
30 HORAS
SANDE FERNANDEZ ALVARO ALBERTO
13785190
D
7
30 HORAS
SANGUINETTI PIETRAFESA FEDERICO JOSE
19920528
D
9
30 HORAS
SCORZA QUINTEROS SANDRA MONICA
18796073
D
7
30 HORAS
SILVERA SAN MARTIN SANDRA DINORAH
33348916
D
7
30 HORAS
SOBRERA LUCA LAURA ROSA
17249035
D
7
30 HORAS
SOUTO MAZZONI LAURA NELLY
16796930
D
7
30 HORAS
TECHERA FRANCO TERESA DELIA
10536227
D
9
30 HORAS
TECHERA GARIBALDI FRANCISCO EDUARDO
14009086
D
7
30 HORAS
TELLECHEA ARRILLAGA JULIO GABRIEL
14035722
D
7
30 HORAS
VARELA RADESCA ANABELA
31078917
D
7
30 HORAS
VAZ ARIETA VICTOR RAUL
16439160
D
7
30 HORAS
VAZQUEZ CANCELO MARIA LORENA
31497224
D
7
30 HORAS
VEIGA BACHINI MARIA AMELIA
8575275
D
7
30 HORAS
VILLARNOVO FERREIRO JACQUELINE SANDRA
17456488
D
7
30 HORAS
ZECCHI ALDABALDE NICOLAS
38889111
D
9
30 HORAS
ANEXO II NIVELES REMUNERATIVOS A ALCANZAR
CARGA HORARIA
AÑO 2013
AÑO 2014
EQUIPARADOS A GRADO 9
30 HORAS
19.407,81
21.061,35
EQUIPARADOS A GRADO 9
40 HORAS
21.719,86
23.570,39
EQUIPARADOS A GRADO 10
40 HORAS
23.030,64
24.992,85
EQUIPARADOS A GRADO 11
40 HORAS
24.508,51
26.596,64
EQUIPARADOS A GRADO 12
40 HORAS
26.045,70
28.264,79
EQUIPARADOS A GRADO 13
40 HORAS
28.130,02
30.526,70


		
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