PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 3
La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social es la Unidad Ejecutora 007 del Inciso 13 - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
El Jerarca de la Unidad Ejecutora es el Inspector General del Trabajo y de la Seguridad Social, cargo de particular confianza según establece el artículo 40 de la Ley N° 18.719, de fecha 27 de diciembre de 2010.
De él depende el Subinspector General del Trabajo y de la Seguridad Social, que será designado según dispone el artículo 289 de la Ley N° 16.226, de fecha 29 de octubre de 1991 en la redacción dada por el artículo 242 de la Ley N° 18.172, de fecha 31 de agosto de 2007, entre los funcionarios de los Escalafones A y D del Inciso.