Fecha de Publicación: 25/11/2022
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Carilla: 27

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 53

   La imposición de cualquier tipo de sanción implica que se pase a integrar el Registro de Empresas Infractores previsto en el artículo 289 de la Ley N° 15.903, de fecha 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 412 de la Ley N° 16.736, de fecha 5 de enero de 1996.
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