Fecha de Publicación: 08/12/2023
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 26

   Los propietarios serán responsables por el mantenimiento en buen estado de funcionamiento de las medidas instaladas conforme con el proyecto aprobado y de la implementación de los planes de evacuación, si correspondiera.
   Durante la vigencia de la autorización otorgada, no se podrá alterar la ubicación, accesibilidad, cantidad, tipo y demás características de las medidas dispuestas en el proyecto tal cual fueran certificadas, siendo su exclusiva responsabilidad todo cambio generado. Ante la necesidad de variar cualquier aspecto vinculado a las medidas, ocupación, riesgo u otras características del establecimiento, deberá informar al técnico registrado actuante a cargo de la gestión.
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