Decreto 374/008
Actualízanse aspectos relativos al otorgamiento del uso de frecuencias
para la radiodifusión comercial.
(1.589*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 4 de Agosto de 2008
VISTO: la necesidad de proceder a la actualización de los aspectos
relativos al otorgamiento del uso de frecuencias para la radiodifusión
comercial;
RESULTANDO: que el marco regulatorio en materia de radiodifusión y control
del espectro radioeléctrico está dado por las Leyes N° 14.670, de 23 de
junio de 1977, N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, y N° 18.232, de 22 de
diciembre de 2007, y los Decretos N° 734/78, de 20 de diciembre de 1978, y
N° 114/03, de 25 de marzo de 2003;
CONSIDERANDO: I) que el espectro radioeléctrico es un patrimonio común de
la humanidad sujeto a administración de los Estados, cuyo uso como factor
de desarrollo económico y social debe promoverse;
II) que la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA
establece que "las asignaciones de radio y televisión deben considerar
criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para
todos los individuos en el acceso a los mismos";
III) que es necesario establecer criterios de adjudicación transparentes,
encontrándose la actual Administración abocada a dicho propósito;
IV) que por tratarse de medios de comunicación social y de interés
público, el Estado debe fomentar la diversidad de medios, la identidad
nacional, así como la producción cultural, local, regional y nacional;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
En el caso de que existan frecuencias disponibles para atribuir al
servicio de radiodifusión comercial analógico, la Administración realizará
un llamado a interesados, abierto a todos los ciudadanos de la República,
el cual deberá ser publicado por lo menos en dos periódicos de circulación
nacional y al menos uno de circulación local, así como en la página web de
la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; DANIEL MARTINEZ.