PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR
(Porte de armas de fuego).- Para portar armas, el interesado deberá obtener previamente permiso de la autoridad policial y contar con el THATA vigente. El permiso de porte de armas estará limitado a las armas de puño. No se podrá portar más de un arma de fuego a la vez; la cual no deberá estar a la vista.Ayuda