Fecha de Publicación: 13/12/2016
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 60

   (Requisitos de la evaluación síquica para la tenencia y el porte de armas de fuego).-
   El examen sicológico deberá ser realizado por profesional o instituciones de salud, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
   Para la tenencia o porte de arma se requieren condiciones personales que garanticen mínimamente la seguridad del sujeto que la adquiere, así como de las personas del entorno. En este sentido consideramos un conjunto de habilidades o "competencias personales", así como de características de personalidad, que configuran un PERFIL que es necesario evaluar de manera objetiva, a través de técnicas específicas.
   COMPETENCIAS REQUERIDAS PARA LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS.-
   1) Aspectos cognitivos e intelectuales.
   a) Nivel intelectual Término Medio.
   b) Pensamiento práctico.
   c) Coordinación perceptivo-motriz acorde.
   d) Objetividad en la apreciación de la realidad.
   e) Prudencia y cautela en la aproximación a los problemas.
   2) Aspectos Emocionales
   a) Estabilidad emocional (control de impulsos adecuado y modulación en el manejo de las emociones).
   b) Autocontrol.
   c) Tolerancia a la frustración y al estrés.
   d) Incidencia de la ansiedad en el comportamiento.
   e) Flexibilidad en la toma de decisiones.
   f) Responsabilidad y confiabilidad.
   3) Relaciones Interpersonales.
   a) Firme sujeción a las normas y respeto de las figuras de autoridad.
   b) Buen nivel de relacionamiento interpersonal.
   4) Aspectos excluyentes:
   a) Presencia de indicadores psicopatológicos significativos: tendencias suicidas, psicosis, psicopatía, demencias, trastornos de ansiedad y otros.
   b) Presencia de adicciones: alcoholismo, drogadicción.
   c) Valorar la incidencia de antecedentes psicológicos o psiquiátricos.
   d) Evaluar presencia de algún elemento estresor actual o reciente.
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