PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR
Prohíbese la importación, adquisición y tenencia por parte de civiles de pistolas ametralladoras de accionamiento automático o en ráfaga de toda marca o clase, entendiéndose como aquella arma corta que contenga o no un selector que realice disparos continuos o en ráfaga presionando el disparador.Ayuda