Fecha de Publicación: 30/11/2012
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 11

 Grupo de Trabajo.- Créase un grupo de trabajo integrado por la Dirección
General Impositiva, la Dirección Nacional de Aduanas, y un representante
del Ministerio de Turismo y Deporte; cuyas principales funciones serán las
de realizar el monitoreo y evaluación de la presente operativa, elevando a
la superioridad informes periódicos.-
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