Hasta que se efectúe la regularización escalafonaria de los Ayudantes
Veterinarios que no se encuentran revistiendo en los escalafones Técnico
Profesional "B" y Especializado "D", el Ministerio de Ganadería
Agricultura y Pesca establecerá la nómina de los que ejercen las tareas
indicadas en el referido art. 1º del decreto Nº 600/973, de 26 de julio
de 1973 a los efectos de quedar incluidos en el régimen previsto en este
decreto.