Fecha de Publicación: 09/10/1996
Página: 39-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 9

   Las referencias a funcionarios contratados de la Dirección de
Industria Animal que hace el decreto Nº 600/973, de 26 de julio de 1973,
deberá entenderse que alcanza a funcionarios presupuestados y contratados
de esa Dirección, que cumplan con las tareas indicadas en el artículo 1º
de dicho decreto, con la redacción dada por el artículo 1º del presente.
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