Fecha de Publicación: 15/01/2021
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Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 22

   Vestimenta. La Administración proporcionará uniformes a todos los funcionarios abocados a la atención de clientes y proveedores, ascensoristas, porteros, recaudadores y otros grupos de funcionarios,  de uso obligatorio durante el tiempo y el lugar de la prestación del servicio del personal afectado.
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