Fecha de Publicación: 26/11/2018
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   La inscripción del título en el Registro de Títulos del Colegio Veterinario del Uruguay, será comunicada al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca dentro del plazo de 10 (diez) días de efectuada.
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