Si efectuada la deducción subsistiera crédito y se hubiesen presentado las declaraciones juradas del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio e Impuesto al Patrimonio, la Dirección General Impositivia establecerá la forma y condiciones en que el mismo se hará efectivo.
CAPITULO VIII
DOCUMENTACION Y CONTABILIDAD
Facturación y Registración Contable