I.V.A. agropecuario.- Certificados de Créditos Endosables.- Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas Agropecuarias que resulten con crédito a su favor, podrán solicitar a la Dirección General Impositiva uno
o varios certificados de crédito endosables a favor de otros contribuyentes, quienes podrán utilizarlos para el pago de tributos de la
Dirección General Impositiva o de aportes previsionales. La aplicación de
crédito a obligaciones con la seguridad social sólo podrá realizarse si el
beneficiario del certificado justifica estar al día con la Dirección
General Impositiva.