Artículo 20), inciso 2º), en la parte que exigen que los folletos
explicativos sean "exclusivamente pedagógicos" anulado por sentencia del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y
absolutos: Sentencia TCA Nº 373/998 de 27/05/1998.
Artículo 117
Exceptúase de lo dispuesto por el artículo 1° del presente decreto, al Inciso 10, Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a todos los Incisos que hubieren previsto el Impuesto al Valor Agregado en el aporte local, para las adquisiciones a que se refiere el mencionado artículo.
CAPITULO XI
Derogaciones