MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Pagos por cuenta de terceros.- Cuando en relación de mandato se efectúen pagos por cuenta de terceros los adelantos o reintegros que se facturen no integrarán el monto imponible hasta la concurrencia con el monto del pago realizado por cuenta ajena, siempre que dichos pagos estén debidamente documentados.Ayuda