Artículo 20), inciso 2º), en la parte que exigen que los folletos
explicativos sean "exclusivamente pedagógicos" anulado por sentencia del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y
absolutos: Sentencia TCA Nº 373/998 de 27/05/1998.
Artículo 94
Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio, excepto los incluídos en el régimen del artículo 433 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, que hubieran adquirido bienes gravados con el impuesto en suspenso y los vendieran en el mismo estado, no podrán deducir el gravamen incluído en las adquisiciones que integran el costo directo o indirecto de los referidos bienes.
CAPITULO VII
Régimen para chatarra, Residuos Papel y Vidio