Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 226-A
Carilla: 50

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 17

 Pagos adicionales por tareas de ampliación de redes.
A los funcionarios afectados al mantenimiento de las redes de planta
externa que realicen tareas de ampliación de servicios, se les asignan
pagos especiales, directamente proporcionales a la extensión, dificultad
y calidad de los trabajos efectuados.
Los valores a percibir por dichos trabajos son los aprobados por
Resoluciones de Directorio No. 2303/89 del 17/10/89 y No. 573/95 del
22/02/95.
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