Modifícase el decreto 875/985, de 31 de diciembre de 1985 por
el se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 12 - Ministerio
de Salud Pública - en lo relacionado con el artículo 3º de la
siguiente manera:
a) En la Unidad Ejecutora Nº 01, en el Programa 01 donde dice: "6
Director de Departamento AaA E.02, 1 Técnico IV Registro Médico
AaB 04", debe decir: "7 Director de Departamento AaA E.02, 1
Técnico IV Registros Médicos AaB 03, y se suprime 2 Administrativos
I Ab 08";
b) En la Unidad Ejecutora Nº 14, donde dice: "11 Jefes de Residencias
Médicos AaA 05 y 120 Médicos Residentes AaA 11", debe decir: "11
Jefes de Residencia Médicos AaA E.03, y 120 Médico Residente AaA
03".
c) En la Unidad Ejecutora Nº 16, donde dice: "9 Jefe de
Residencia Médico AaA 05 y 79 Médicos Residentes AaA 11", debe
decir: "9 Jefes de Residencia Médicos AaA E.03, y 79 Médicos
Residentes AaA 03";
d) En la Unidad Ejecutora Nº 17, donde dice: "9 Jefes de Residencia
Médico AaA 05 y 87 Médicos Residentes AaA 11", debe decir: "9 Jefes
de Residencia Médicos AaA E.03 y 87 Médicos Residentes AaA 03";
e) En la Unidad Ejecutora Nº 22, donde dice: "2 Jefes de Residencia
Médicos AaA 05 y 14 Médicos Residentes AaA 11", debe decir: "2 Jefes
de Residencias Médicos AaA 04,debe decir: "1 Jefe de Servico Médico Fisiatra AaA 06, 1 Jefe de Servicio Médico Radiológico AaA 06 y 6 Técnico III Médico AaA 04".
g) En la Unidad Ejecutora Nº 32, se suprime "1 Auxiliar I Chofer Ad
07";
h) En la Unidad Ejecutora Nº 44, debe suprimirse "2 Técnico II
Enfermera AaB 03";
i) En la Unidad Ejecutora Nº 45, debe suprimirse "1 Técnico V Médico
Radiólogo AaB 02";
j) En la Unidad Ejecutora Nº 48, debe suprimirse "1 Auxiliar IV
Especialización AcB 06";
k) En la Unidad Ejecutora Nº 66, debe suprimirse: "1 Auxiliar II
Chofer Ad 06";
l) En la Unidad Ejecutora Nº 79, donde dice: " 5 Administrativo III Ab
06", debe decir: "4 Administrativo III Ab 06";
ll) En la Unidad Ejecutora Nº 81, debe suprimirse: "4 Vigilante I Ad
06".