Fecha de Publicación: 06/12/2018
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 54

   La maquinaria, equipos y accesorios empleados en las operaciones, deberán contar con certificado de aptitud técnica vigente, expedido por empresas o instituciones competentes o profesional idóneo (ingeniero mecánico, industrial o naval) . El certificado, a modo de ejemplo no taxativo comprende la siguiente maquinaria, equipo y accesorios: grúas, elevadores, cintas transportadoras, straddle carriers, reachstackers, tractores, camiones, en general equipos de elevación y transporte, spreaders, perchas, eslingas, ganchos, entre otros.
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