Fecha de Publicación: 06/12/2018
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 81

   El manejo de carga suspendida en aquellos casos en que no exista visibilidad de las maniobras que se realizan deberá ser guiada por un operario calificado que haga señales, según especificaciones del plan de izaje.
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