Fecha de Publicación: 27/10/2006
Página: 162-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 27

 En materia de trasposiciones entre Grupos del Presupuesto de Compras,
las mismas serán aprobadas  por el Directorio de ANCAP y comunicadas a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la
República dentro de los diez días subsiguientes. Las trasposiciones
regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las limitaciones establecidas
en el artículo 33º de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
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