MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
A los efectos del cálculo de la cuota promedio a que refiere el artículo lo no deberán incluirse las sumas que la Institución fije por concepto de intemación privada, inversiones, ni el aporte al Fondo Nacional de Recursos establecido por a ley 14.897 de 23 de mayo de 1979.Ayuda