Fecha de Publicación: 17/10/2001
Página: 108-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 400/001

Sustitúyese el numeral 38) del Artículo 39º del Decreto 220/998 en la 
redacción dada por el Artículo 3º del Decreto 40/001, relativo a la 
inclusión de determinados bienes en la nómina de insumos agropecuarios 
exonerados del Impuesto al Valor Agregado.
(2.626*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                         Montevideo, 10 de octubre de 2001
                                                                          
VISTO: la solicitud de incluir determinados bienes en la nómina de 
insumos agropecuarios exonerados del Impuesto al Valor Agregado, 
establecida en el artículo 39º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 
1998.-

CONSIDERANDO: I) que los bienes denominados "cortadoras rotativas" y 
"chirqueras" son bienes de uso agropecuario.-

II) que es conveniente la utilización de nuevas tecnologías en el sector 
agropecuario.-

III) que el literal I del numeral 1º del artículo 19º del Título 10 del 
Texto Ordenado 1996 exonera del Impuesto al Valor Agregado a los bienes a 
emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su 
elaboración, facultando al Poder Ejecutivo a determinar la nómina de los 
bienes comprendidos.-

IV) que el artículo 39º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998, 
en la redacción dada por el artículo 3º del Decreto Nº 40/001, de 7 de 
febrero de 2001 determina la nómina de los bienes incluidos en la
exoneración referida.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Sustitúyese el numeral 38) del artículo 39º del Decreto Nº 220/998, de 
12 de agosto de 1998, en la redacción dada por el artículo 3º del Decreto 
Nº 40/001, de 7 de febrero de 2001 por el siguiente:
"38) Rejas para arados; mancales (cojinetes) y dientes para rastras; 
cuchillas para guadañadoras rotativas, cortadoras rotativas, chirqueras y 
segadoras y discos para rastras, arados y sembradoras".-

BATLLE, ALBERTO BENSION.


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