Fecha de Publicación: 06/11/2007
Página: 211-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 22

 El denunciante podrá desistir de la denuncia presentada con informe
fundado de las causas que lo motivaron. El Organo de Aplicación evaluará
las mismas en un plazo máximo de diez días hábiles y resolverá si continúa
de oficio las actuaciones o las archiva.
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