Fecha de Publicación: 06/11/2007
Página: 211-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 27

 En cualquier momento del procedimiento el Organo de Aplicación podrá
expedirse en relación a las posibles consecuencias dañosas de la conducta
objeto del mismo, pudiendo disponer el cese preventivo en caso que pudiese
producir daños graves.
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