Fecha de Publicación: 13/01/2011
Página: 218-A
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 Las empresas que proyecten realizar inversiones en el marco del régimen
que se reglamenta podrán solicitar se les considere a los efectos de
obtener los beneficios promocionales presentándose a tal fin a la
Ventanilla Unica de Inversiones de la Comisión de Aplicación la que
establecerá en sus instructivos la documentación e información contable y
económica que deberán suministrar.
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