Decreto 406/985
Se modifican las tarifas de los servicios que presta.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Montevideo, 31 de julio de 1985.
Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Servicios
Agronómicos del Ministerio de Agricultura y Pesca, proponiendo la
modificación de las tarifas de análisis que realiza la Dirección de
Laboratorios de Análisis.
Resultando: I) Por decreto 189/985, de 15 de mayo de 1985, se procedió a
fijar las tarifas para análisis que realiza la Dirección de Laboratorios
de Análisis;
II) En dicha oportunidad se omitió en la redacción dada al mismo, fijar
el valor de "Humedad en Borra" y "Peritaje de borra", por lo que estima
imprescindible proceder a regularizar dicha situación.
Considerando: conveniente proceder en la forma aconsejada por la
Dirección de Laboratorios de Análisis de la Dirección General de
Servicios Agronómicos.
Atento : a lo preceptuado en el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los Organismos
del Estado, a partir del 1o. de enero de 1968, por el decreto 104/968, de
6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la
ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones),
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el artículo 1º del decreto 189/985, de 15 de mayo de 1985,
debiéndose agregar en su parte final lo siguiente:
N$
"Peritaje borra" 900.00
"Humedad (en borra)" 300.00