La adecuación presupuestal deberá tomar en consideración las tareas que
desempeñaba el funcionario en la Oficina de origen, su perfil y las tareas
que cumplirá en la Oficina de destino a efectos de asignar el escalafón
con que será incorporado.
En lo demás de aplicación, en lo pertinente, las normas del decreto
116/987 de 9 de marzo de 1987 que regulan la redistribución del personal
declarado excedente.