Fecha de Publicación: 21/09/1990
Página: 706-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   El Ministerio del Interior comunicará a la Oficina Nacional del
Servicio Civil dentro del plazo de 15 días a partir de la fecha del
presente decreto los cargos que ocupan los funcionarios incorporados, como
resultado de la recomposición de la carrera administrativa.   
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