Decreto 407/990
Prórroga Reserva Minera establecida en el decreto 489/987, en las zonas
XV y XVI, respecto de granito ornamental.
Ministerio de Industria y Energía.
Montevideo, 24 de agosto de 1990
Visto: el Decreto 489/87 de 27 de agosto de 1987 por el que se dispuso
Reserva Minera sobre las Zonas XV y XVI respecto de áreas de interés
prospectivo en granito ornamental, extendidas por Decretos 509/89 y 911/88
de 8 de noviembre de 1989 y 28 de diciembre de 1988 respectivamente a
minerales metálicos.
Considerando: I) Que las áreas denominadas como Zonas XV y XVI
presentan cuerpos geológicos que plantean perspectivas sensiblemente
positivas tanto en granito ornamental como en minerales metálicos.
II) Que tales circunstancias determinan la necesidad de continuar con
las labores de prospección y exploración, prorrogando al efecto la Reserva
Minera establecida, por el término complementario de dos años.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por los Arts. 51 y siguientes
del Código de Minería, Decreto - Ley 15.242 de 8 de enero de 1982.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Prorrógase por el término de dos años, la Reserva Minera establceida en el Decreto 489/87 de 27 de agosto de 1987 sobre las Zonas XV y XVI respecto de granito ornamental y extendidas por Decretos 509/89 y 911/88 de 8 de noviembre de 1989 y 28 de diciembre de 1988 respectivamente a minerales metálicos.