Dispónese las siguientes condiciones laborales para los trabajadores de
las empresas de transporte nacional:
a) Viático: en caso de que el personal deba permanecer fuera de su
residencia habitual por razones de servicio se le abonará N$ 170.00
por concepto de cada comida (almuerzo y cena); cuando deba
permanecer fuera de su domicilio y el camión no ofrezca
posibilidades para dormir cómodamente, se abonarán N$ 200.00
b) Descanso semanal: se fija el domingo como día de descanso semanal,
con excepción del transporte interdepartamental de leche, en que el
descanso será rotativo a razón de 1 día semanal, en caso de trabajar
el día de descano, se pagará doble.
c) Hora extra: se generarán a partir de las 8 horas de trabajo diarias
y se abonarán doble.
Las empresas afectadas al transporte en el puerto de Montevideo pagarán
las horas extras en el horario de 7 a 19 horas a tiempo y medio y fuera del mismo a tiempo doble.
d) Las empresas de transporte interdepartamental de leche, las cargas
generales excepto las previstas en el artículo 3º y las afectadas a
la industria de la construcción y al transporte de mudanzas y
encomiendas, aseguran un mínimo de 18 jornadas mensuales de trabajo
a los trabajadores con una antigüedad de más de 100 jornales en la
empresa.
e) Las empresas de combustibles a granel aseguran un mínimo de N$
7.552.00 mensuales correspondientes a 20 jornales.
f) Las empresas de transporte frigorífico y de haciendas, si el camión
se encuentra parado por causa no imputable a la empresa de
transporte, abonarán a tiempo y medio las horas extras, que exceden
las ocho horas diarias.
g) Vestimenta: las empresas entregarán a los trabajadores con más de un
año en la misma, 2 equipos anuales de ropa de trabajo, una de verano
y una de invierno, un equipo de lluvia cada 3 años y en caso de
transportar combustibles un par de guantes por año.
h) Horario: en el transporte de carga refrigerado e interdepartamental
de leche, quedará el horario librado a las necesidades del mismo. En
el transporte de combustibles a granel el horario se regirá por los
horarios de planta de combustible.