Fecha de Publicación: 29/01/2008
Página: 345-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

 ASSE.- El Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado"
adecuará las remuneraciones de sus funcionarios de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 1º de este Decreto.

Otórgase a los funcionarios no médicos del Inciso 29 "Administración de
los Servicios de Salud del Estado" un incremento del 5% (cinco por ciento)
por concepto de recuperación salarial sobre las sumas ajustadas según lo
preceptuado en el artículo primero de este Decreto.
Ayuda