Sujetos Pasivos.- Son sujetos pasivos de este impuesto:
a) Las personas físicas, sucesiones indivisas y núcleos familiares
cuyo patrimonio fiscal exceda del mínimo no imponible respectivo.
b) Las personas jurídicas constituidas en el país con capital accionario
al portador.
c) Las personas jurídicas constituidas en el extranjero.
d) Los depositarios de las cuentas con denominación impersonal a que se
refiere el artículo 79º de la ley 11.924 de 27 de marzo de 1953.
e) Las entidades emisoras de obligaciones o debentures, títulos de
ahorro o de otros valores similares al portador.