El Banco de Previsión Social deberá elevar a la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto al 31 de enero de 2002 la eliminación del 100% de las
vacantes generadas entre el 1º de junio y 31 de diciembre de 2001. En
caso de resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por
tratarse de cargos absolutamente imprescindibles se deberá suprimir las
partidas equivalentes. A todos los efectos, la eliminación de las
vacantes, (o créditos por contratados) comprenderá la retribución total
del cargo incluyendo compensaciones y beneficios sociales. De lo actuado
se dará cuenta al Tribunal de Cuentas de la República a los efectos
dispuestos por los artículos 211 y siguientes de la Constitución de la
República.