PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
(De las fusiones y absorciones de AFAP). - Las fusiones y absorciones de las empresas comprendidas en la presente Sección requerirán autorización del Poder Ejecutivo con informe de la Agencia Reguladora de la Seguridad Social, o del Banco Central del Uruguay mientras la misma no se encuentre operativa.Ayuda