Fecha de Publicación: 05/02/2009
Página: 755-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 Los funcionarios del Inciso 05, Unidad Ejecutora 05 "Dirección General
Impositiva", incluidos en el nuevo régimen extraordinario de retribuciones
por dedicación exclusiva, previsto en el inciso segundo de la Ley Nº
17.706, de 4 de noviembre de 2003, percibirán un 1,5% (uno y medio por
ciento) de incremento por sobre el dispuesto en el artículo 1º de este
decreto.
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