Fecha de Publicación: 21/11/2007
Página: 324-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 Exhórtase a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados que hubieren
adoptado o adopten por decisiones internas las normas del Decreto 500/991,
a incluir las modificaciones establecidas en el presente decreto. El Poder
Ejecutivo apreciará, en el ejercicio de sus poderes de contralor, el modo
como se cumpla la exhortación que precede.
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