Fecha de Publicación: 21/11/2007
Página: 324-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 Cométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil la información y
divulgación a los funcionarios de la Administración Central de las normas
contenidas en el presente Decreto, a efectos de su correcta aplicación.
Ayuda