PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 5
Cada uno de los beneficiarios del FFRAA suscribirá un compromiso de pago
por el equivalente al monto de los recursos recibidos más los costos
financieros que se originen. Este compromiso se respaldará mediante la
firma de la documentación correspondiente que se determine en favor del
FFRAA. Esta documentación respaldará los eventuales incumplimientos que se
puedan generar en el repago de los recursos recibidos del FFRAA por cada
beneficiario.