Decreto 425/994
Fíjanse por determinado período los precios mínimos de exportación definitivos, Formularios de Cheques por los items NADISA que se determinan.
(2156*R)
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 20 de setiembre de 1994
Visto: la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 20 de
mayo de 1994, que dispuso la apertura de la investigación prevista por el
artículo 18o. del Decreto No. 315/993 de 6 de julio de 1993 respecto de
la importación de formularios de cheques.
Considerando: procedente de acuerdo con lo que surge de la referida
investigación, la fijación de precios mínimos de exportación definitivos
para dichos productos.
Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Aplicación
creada por el artículo 14o. del Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993
mencionado.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase por un período de un año el siguiente precio mínimo de
exportación definitivo:
- Formularios de cheques que ingresen por los items NADISA
4820.40.00.00 y 4907.00.00.90: U$S 12.94 por millar CIF.